AtrásDECRETO: Concédase a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de este decreto y por un
plazo de tres años el derecho a percibir el Subsidio al Pago de Agua Potable y Servicios de
Alcantarillado de Aguas Servidas a 50 beneficiarios en una intensidad de 50 % y a 03 beneficiarios
en una intensidad de 100 % de los primeros 15 metros cúbicos que se indican en el listado anexo
SAPU, el que se entiende incorporado al presente Decreto para todos los efectos legales, por
cumplir con todos los requisitos estipulados en la normativa vigente.