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Decreto E-853-2017.pdf

Concédase a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de este decreto y por un plazo de tres años el derecho a percibir el Subsidio al Pago de Agua Potable y Servicios de Alcantarillado de Aguas Servidas a 5 beneficiarios en una intensidad de 50%, y 1 beneficiario en una intensidad de 100 % de los primeros 15 metros cúbicos que se indican en el listado anexo SAPR, el que se entiende incorporado al presente Decreto para todos los efectos legales, por cumplir con todos los requisitos estipulados en la normativa vigente.